Hoy cada vez más personas trabajan de forma independiente, manejando sus propios horarios. Los profesionistas independientes o “freelancers”, como se les conoce, prestan sus servicios profesionales o intelectuales, sin tener que “checar tarjeta” ni estar sentados en un escritorio un determinado número de horas.
La alternativa para contratarlos es mediante el régimen de ingresos asimiladores al salario, también llamado “sueldos asimilados a salarios”. Este régimen fiscal se creó para Personas Físicas que prestan sus servicios profesionales a empresas o a otra Persona Física, y lo hacen de forma eventual o temporal.
En muchos casos, este tipo de personal -temporal o eventual- se refiere a desarrolladores de software, diseñadores, creadores de contenido, especialistas en marketing o emprendimiento. Las empresas los contratan, entre otras cosas, para facilitar sus operaciones y alivianar su carga fiscal.
¿Quieres recordar la información clave sobre los asimilados?
• Por su actividad, tanto profesional como intelectual, reciben un pago y únicamente están obligados, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a pagar un solo impuesto: el ISR.
• Las empresas que contratan trabajadores en este régimen realizan las correspondientes retenciones y no están obligadas a pedir recibos de honorarios, así como tampoco deben calcular del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Los contratantes tampoco están obligados a otorgarle a este tipo de profesionales, seguridad social u otras prestaciones de ley como aguinaldo, reparto de utilidades, etc.
• Los contribuyentes bajo este esquema deben estar inscritos ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
• El pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) debe hacerse mediante las retenciones hechas por el empleador y quedar constancia en el CFDI 3.3 (hipervínculo a nota sobre el CFDI).
• El contratante o el empleado debe hacer la declaración anual por los ingresos obtenidos.
• La diferencia entre ingresos asimiladores al salario y pago por honorarios radica en que quienes están por sueldos asimilados pagan el ISR mediante las retenciones que les hace quien los contrata.
• Para hacer más ágil la gestión de pagos bajo este régimen, resulta clave contar con un óptimo y seguro software de nómina. Software nomilinea agiliza el registro, seguimiento y cumplimiento de los recursos destinados a este esquema, mantiene actualizado el sistema con las últimas normativas del SAT y requisitos técnicos.
• Nomilinea cuenta con asignación de folios fiscales, o timbrado de CFDI, de forma ilimitada por parte de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) y un validador de CFDI, para garantizar el cumplimiento de requisitos.
• De acuerdo con las modificaciones que entraron en vigor el 1 de enero de 2020, siempre que se paguen conceptos de sueldos y salarios (bajo régimen de contratación 02: Sueldos, incluye asimilados a salarios), el recibo de nómina debe contar con el apartado “Subsidio para el empleo”. Este no puede incluirse en recibos de nómina con conceptos diferentes a sueldos y salarios y asimilados a salarios.
NOMILÍNEA SIEMPRE AL DÍA RESPECTO A LA REGULACIÓN Y NORMATIVIDAD.
AUTOMATIZA LA GESTIÓN DE UNA O MÁS NÓMINAS EN LA NUBE, DE FORMA PRÁCTICA, SEGURA Y SENCILLA