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Envía tus Movimientos Afiliatorios al IMSS

MOVIMIENTOS AFILIATORIOS IDSE

Con base   en   el   artículo 15 de   la   Ley   del Seguro Social, los patrones están obligados a registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.

 Los movimientos afiliatorios son los avisos que realizan las empresas sobre los registros de sus trabajadores afiliados al régimen del Seguro Social. Estos movimientos pueden ser alta, reingreso, modificación de salario y baja:

A) El movimiento de ALTA: es el aviso que presenta la empresa por los trabajadores permanentes, por obra o tiempo determinado o eventuales, que se incorporan a laborar, para inscribirlos ante el Instituto. Este movimiento se debe presentar dentro de los cinco días hábiles contados a partir de   la   fecha   del   inicio   de   la   relación     No   obstante   lo   anterior, la inscripción podrá realizarse el día hábil anterior al inicio de la relación laboral.

B) El movimiento   de   REINGRESO: es   el   aviso   que   la   empresa   debe   presentar   al Instituto, por   los   trabajadores   que   se   reincorporan   a   la   relación   laboral   y nuevamente adquieren el derecho de estar sujetos al régimen del Seguro Social. Este movimiento se debe presentar dentro de los cinco días hábiles contados a partir   de   la   fecha   del   inicio   de   la   relación     No   obstante   lo   anterior, la inscripción podrá realizarse el día hábil anterior al inicio de la relación laboral.

C) El movimiento   de   MODIFICACIÓN DE SALARIO: es   el   aviso   que   la   empresa   debe presentar   al   Instituto, por   las   variaciones   que   sufre   el   salario   diario   base   de cotización de sus trabajadores inscritos en el régimen del Seguro Social.

a. Cuando se trata de salarios fijos, el aviso se debe presentar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación, no obstante, lo anterior, los avisos podrán presentarse, el día hábil anterior a la fecha en que surta efectos la modificación.

b. En el caso de salarios variables, los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones del salario del bimestre anterior. Los avisos llevarán por fecha el día primero del mes siguiente al bimestre en que ocurrió la modificación.

c. Para los salarios de naturaleza mixta, cuando se modifica el elemento fijo, deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación. Si al concluir el bimestre respectivo hubo modificación del elemento variable, los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre

D) El movimiento de BAJA: es el aviso que la empresa debe presentar al Instituto, por la disolución   de   su   relación   laboral   con   el   trabajador, con   lo   cual   termina   su obligación de tenerlo inscrito en el régimen del Seguro Social. El   aviso   de   movimiento   de   baja   debe   presentarse   en   el   plazo   de   cinco   días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha en que se dé el supuesto respectivo. Los movimientos de BAJA que se realicen fuera del plazo establecido en la Ley, surtirán efecto a partir de la fecha de presentación.

 Los   movimientos   de   los   trabajadores se   deben   presentar   en   los   formularios autorizados   AFIL02, AFIL03 y AFIL04   en   la   forma   y   términos   que   señale   el Instituto, o a través de medios magnéticos o de telecomunicación, como Internet, de acuerdo con las especificaciones establecidas por el mismo. Si se presentan en una   sola   exhibición   5   o   más   movimientos   de afiliación, deberán hacerlo como se ha mencionado en líneas anteriores

En   términos   generales, los   avisos   de   movimientos   contienen   la   siguiente información:

  1. Número de Registro Patronal
  2. Número de Seguridad Social del trabajador
  3. Nombre del trabajador
  4. Tipo de movimiento afiliatorio
  5. CURP
  6. Salario diario integrado (excepto en los movimientos de baja)
  7. Tipo de salario: Fijo, variable o mixto (excepto en los movimientos de baja)
  8. Fecha del movimiento
  9. Causa de Baja (en su caso)
  10. Unidad Médica (excepto en los movimientos de baja y modificación)
  11. Clave Trabajador
  12. Tipo Trabajador (excepto en los movimientos de baja)
  13. Tipo de jornada laboral (excepto en los movimientos de baja).

El Instituto Mexicano del Seguro Social ha implementado el Sistema IMSS desde su Empresa (IDSE), para   que   los   movimientos   afiliatorios   por   reingresos, modificaciones   de   salario   y   bajas   de   los   trabajadores   puedan   ser   reportados directamente desde la computadora de la empresa a la computadora del IMSS a través de Internet.

El   propósito   de   este   sistema, es   la   simplificación   del   procedimiento   de presentación y trámite de movimientos afiliatorios, mediante procesos totalmente automatizados que permitan la comunicación directa entre el IMSS y las empresas a   través   de   las   computadoras   y   por   consiguiente, mantener   información actualizada en las bases de datos.

El   envío   de   información   de   movimientos   afiliatorios   se   puede   realizar   desde Tramita net, una vez que la empresa se ha inscrito ante el Instituto para utilizar este servicio. Los patrones pueden enviar su información al Instituto los 365 días del año a cualquier hora. La fecha y hora de transmisión es registrada, y es considerada para efectos de proceso y cumplimiento de los plazos de Ley. 

Una vez enviada   la información se   genera de manera inmediata   un Acuse de recibo de Tramita net, con las cifras de los movimientos enviados por registro patronal. El Instituto, obtendrá la información del buzón y la confrontará contra la base de datos, rechazando aquellos registros mal estructurados o que no sean lógicos. El Instituto procesará a más tardar el día hábil inmediato siguiente a su recepción, salvo   casos   oficiales   de   interrupción   del   proceso, por   suspensión   oficial   de labores, procedimientos de emergencia o errores imputables al patrón.

El Instituto realizará la actualización de los movimientos afiliatorios solicitados y transmitidos por la Empresa, y efectuará su depósito en el buzón de Tramita net, a más tardar en 48 horas, salvo los casos mencionados en el párrafo anterior. Tramita net pondrá a su disposición en la misma página de Tramita net, en su menú acuses, el reporte emitido por el IMSS que contiene movimientos operados y rechazados el mismo día en que lo reciba del Instituto. El reporte de movimientos contiene el "Reporte de Movimientos Operados" AFIL06 y el "Reporte de Movimientos Rechazados" IDSE-04, los movimientos detallados en este último reporte, no se considerarán como recibidos por el Instituto. Con este proceso ya no se emiten los avisos automáticos. 

Se facilita la presentación de movimientos afiliatorios, que se pueden realizar las 24 horas de los 365 días del año, evitando el servicio de mensajeros, tiempos perdidos en grandes filas para complicados trámites en un horario de ventanilla fijo y restringido, así como los rechazos de avisos.

i) Se simplifica   el   procedimiento   de   reporte   de   movimientos   afiliatorios, disminuyendo los índices de error y aclaraciones al patrón.

ii) Se garantiza que la información de las grandes bases de datos del Instituto esté al día con la actualización de las empresas que se integran al programa, minimizando la posibilidad de error.

iii) Se reducen las cargas de trabajo al depender solamente de procedimientos automatizados que evitan el manejo de papel y error humano.

iV) Se promueve la participación activa de los patrones en la simplificación y modernización de los servicios del IMSS. 

a) Contar con una computadora con conexión a Internet.

b) Registrarse en Tramitanet.

c) Acudir a área de Servicios de Afiliación de la Delegación o Subdelegación del IMSS a la que corresponde la empresa de acuerdo con su domicilio legal, donde realizará sus trámites para inscribirse al programa a través de la suscripción de un convenio con el Instituto. 

Procedimiento de incorporación

Los datos de la empresa se registran en Tramitanet, incorporando todos sus registros patronales y obtenga el formato de condiciones de uso, la ficha técnica, la solicitud de adhesión y el convenio con el IMSS, una vez realizado lo anterior mencionado deberá acudir a la Delegación o Subdelegación del IMSS que atiende a la empresa a realizar   sus   trámites   en   el   área   de   Servicios   de Afiliación, con los siguientes documentos:

  1. Formato de condiciones de uso de Tramitanet
  2. Ficha técnica de registro en Tramitanet
  3. Solicitud de adhesión
  4. Convenio con el IMSS

Asimismo, deberá presentar los siguientes documentos: 

  1. Comprobante de afiliación a la Cámara (sólo en modalidad "IMSS Desde Su Cámara")
  2. Acta constitutiva de la empresa.
  3. Escritura pública de acreditación del Representante Legal.
  4. Aviso de registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  5. Registro(s) patronal(es) ante el IMSS.
  6. Identificación personal del Patrón o Representante Legal

Si la documentación es correcta, el Instituto le informará, en forma telefónica, que puede llevar a cabo la prueba de transmisión.

  1. Efectúe la   prueba, desde   la   página   de   Tramitanet, desde   el   menú Herramientas, oprimiendo el botón Prueba de transmisión.
  2. Consulte en el menú acuses, al día hábil siguiente, el acuse de respuesta del IMSS a la prueba de transmisión. Una vez que reciba este acuse, puede iniciar el envío de movimientos afiliatorios.
  3. En 20   días   naturales, después   de   la   comunicación   del   IMSS, acuda   a   la Delegación   o   Subdelegación   donde   entregó   la   documentación, a   recoger   el Convenio firmado.
  4. Para una adecuada operación, es necesario que lleve a cabo la homologación de los nombres y números de seguridad social de sus trabajadores, mediante confronta de su información, con la que constan en la base de datos del Instituto, mediante el procedimiento que se indica en el manual de operación
  5. En caso   de no   recibir respuesta  a la  prueba de transmisión en 72  horas, comuníquese al centro de asistencia técnica de Tramitanet al teléfono 5999 6400 o mediante   un   correo   a   la   dirección   tramitanet@tramitanet.gob.mx,   indicando   su clave de usuario y registro patronal.
  6. Inicie la transmisión electrónica de movimientos si la respuesta es favorable.

Publicado por el Equipo Nomilinea el 15 de junio de 2017 10:34:14 CDT

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Topics: IMSS e INFONAVIT

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